lunes, 28 de noviembre de 2011

Colosal saqueo de dinero público

Colosal saqueo de dinero público

La quiebra de una empresa metropolitana de Valencia destapa el pillaje de cargos del PP

Los directivos cargaron a Emarsa todo tipo de extravagancias

Enrique Crespo, en un pleno del Ayuntamiento de Manises, donde es alcalde. / SANTIAGO CARREGUI
Bajo las anodinas siglas de Emarsa (Entidad Metropolitana de Aguas Residuales Sociedad Anónima) se esconde la historia de un colosal saqueo de dinero público. Emarsa, empresa instrumental creada por el Ayuntamiento de Valencia y otros 17 municipios cercanos, se dedicaba a depurar el caudal de las cloacas antes de liberarlo al mar, destinarlo al riego o a alimentar el parque natural de L’Albufera. Gestionaba la planta de Pinedo, la mayor de la Comunidad Valenciana y una de las más grandes de España. Y se financiaba con el canon de saneamiento que los vecinos de Valencia y su área metropolitana pagan con la factura del agua.
En julio de 2010, el PP, que controlaba la sociedad desde los años noventa, decidió liquidarla al encontrarse en situación de quiebra. La disolución reveló la existencia de un agujero de 17 millones de euros. La investigación judicial, que abarca el periodo de 2004 a 2010 y cuenta ya con 16 imputados por malversación, estafa continuada y delitos societarios, ha destapado que los gestores de Emarsa pagaron cantidades millonarias por servicios y suministros inexistentes. El fraude total podría superar los 30 millones. Mientras, los directivos disfrutaban a su costa de toda clase de extravagancias.

Corruptelas de Emarsa: detalles de un pillaje

El exgerente de la empresa, Esteban Cuesta. / JOSÉ JORDÁN
1. Gastos a costa de la sociedad pública. Los directivos cargaron a Emarsa decenas de miles de euros por la compra de joyas, bolsos de Loewe, bolígrafos Montblanc, accesorios de automóvil, décimos de lotería (mil euros al año), ipods, ropa, cestos de bebé, circuitos de spa, alquiler vehículos de lujo...
2. Viajes pagados. Dirigentes de la sociedad viajaron a París, Nueva York, Johannesburgo, Marrakech, Estocolmo, Andorra... En varios casos, los directivos se desplazaban con sus familias y Emarsa también pagaba los hoteles.
3. Comidas. Los directivos cargaron 300.000 euros en comidas a Emarsa entre 2005 y 2010. Sólo en 2009, ya en plena crisis, las facturas por comidas en marisquerías y restaurantes de alto nivel ascendieron a 92.443 euros.
4. Lodos (toneladas). Las empresas de tratamiento y transporte de lodos facturaron más toneladas de las que generaba la planta. Por este concepto, Emarsa pagó más de 20 millones de euros entre 2004 y 2010.
5. Camiones ultrarrápidos. Los camiones de transporte de lodo iban y volvían a la planta en tiempos imposibles. Supuestamente un camión salía de la planta de Valencia, llegaba a Requena (a 68 kilómetros), descargaba, volvía a la planta, cargaba y volvía a estar listo para partir en menos de 15 minutos.
6. Obras. Emarsa pagó 4,2 millones de euros a dos empresas que administraba la misma persona, tenía la sede en su casa y apenas tenía trabajadores. Las empresas facturaron, por ejemplo, por reparaciones en maquinaria que no existía o por pintar fachadas de edificios que, por sus características, no se podían pintar.
7. Partidas informáticas. Emarsa compró en menos de un año 164 teclados, 149 ratones o 141 licencias antivirus cuando solo tenía 32 puestos de trabajo informatizados. El proveedor, hermano de la empresaria que hacía las obras y reparaciones, que facturó 4,5 millones mediante dos empresas, actuaba a la vez como jefe de informática de Emarsa. En algunos casos firmaba en representación de la sociedad como recibido y conforme los suministros que él mismo vendía.
8. Violación de las normas de contratación. La mayor parte de los contratos investigados incumplían los principios de publicidad y concurrencia. El caso más sangrante es el del proveedor informático que admitió al juez que una de sus dos empresas facturó 1,8 millones a Emarsa sin contrato, “con un acuerdo verbal”.
9. Oídos sordos a los auditores. Las auditorías de la firma Mazars advirtieron seis años seguidos (2004-2010) sobre las irregularidades en las formas de contratación. El presidente de Emarsa, Enrique Crespo, hizo caso omiso y afirmó ante el consejo que no detectaban problemas importantes. Crespo también rechazó la propuesta de que para acordar contratos y disposición de fondos hiciera falta al menos la intervención de dos responsables con firma mancomunada.
10. Empleados que solo iban a cobrar. El exgerente Esteban Cuesta ha admitido al juez que contrató por indicación de Crespo a cuatro personas que solo iban por la planta a cobrar. Uno (Luis Botella) es el concejal de Urbanismo del PP de Moncada; otra (Marisol Giner) era la exportavoz del PP de Benetússer.
11. La Generalitat inyectó el triple de fondos. Durante el periodo investigado (2004-2010), el Gobierno valenciano casi triplicó los fondos destinados a Emarsa (de 6,4 millones de euros en 2004 a 18,4 millones en 2009), mientras la cantidad de agua depurada sólo aumentaba un 6,5%.
12. Ingresos en metálico. El gerente Esteban Cuesta ingresó en sus cuentas 251.000 euros en efectivo entre 2005 y 2009.
Compraban, con fondos de la sociedad, joyas, bolsos de Loewe, relojes, bolígrafos Montblanc, prendas de vestir en Armani, dispositivos electrónicos (ipods, libros electrónicos, ordenadores portátiles), accesorios de automóvil, mil euros de lotería cada año. Cargaban el alquiler de vehículos de lujo y circuitos de spa. Hacían viajes de placer con sus familias, a París, Nueva York, Johannesburgo y más destinos alojándose con gastos pagados en hoteles de cuatro y cinco estrellas. Se hospedaban en establecimientos de similar categoría, en la misma Comunidad Valenciana, acompañados de teóricas traductoras rumanas. Siempre por cuenta de Emarsa.
Fueron capaces de gastarse 92.443 euros en un año en asadores, marisquerías y restaurantes con estrellas michelín. Y aún así, en los 23.000 folios del sumario pueden encontrarse facturas de 7,5 euros de tabaco o de compras en el supermercado.
En un momento de las más de 50 horas que lleva declaradas ante el juez, el exgerente Esteban Cuesta contó cómo funcionaban las cosas. El entonces presidente de Emarsa y hoy todavía vicepresidente de la Diputación de Valencia y alcalde de Manises con el PP, Enrique Crespo, también imputado, iba a su despacho, le entregaba unas facturas de Loewe y le daba la orden de acercarse al establecimiento a pagarlas. Entre compras, viajes y banquetes, los responsables de Emarsa se gastaron en seis años casi un millón de euros, según la abundante documentación de que dispone el juez Vicente Ríos.
El instructor cuenta con multitud de indicios de que el auténtico pillaje se produjo, sin embargo, mediante el pago de suministros y servicios falsos. Algunos, inverosímiles: Emarsa pagó, por ejemplo, por reparaciones en los digestores (tanques para depurar el agua) número cuatro, cinco y seis, cuando en la planta solo había dos. Y lo hizo a empresas administradas por tres hermanos, María Paz, Víctor Manuel y Sebastián García Martínez, este último a su vez jefe de departamento de la depuradora. Contrató cursos de formación por 188.000 euros, la mayoría por Internet y sin control de asistencia.
María Paz García Martínez. / MÓNICA TORRES
Adquirió teóricamente, en poco más de seis meses, 164 teclados; 149 ratones; 155 fuentes de alimentación; 141 licencias antivirus y 79 monitores, aunque en Emarsa solo había 32 puestos de trabajo informatizados. El proveedor, el propio Sebastián García Martínez, actuaba, de hecho, como director de informática en la planta y a veces firmaba en su nombre como recibido y conforme las partidas que él mismo vendía... Así hasta 35 empresas ahora investigadas que facturaron a Emarsa 40,3 millones de euros.
La sociedad estaba controlada por una asamblea metropolitana en la que el Ayuntamiento de Valencia tiene el 45% de los votos y el PP goza de amplia mayoría. Trabajar en Emarsa era una canonjía (nueve empleados ganaban más que el presidente del Gobierno) y la empresa fue llenándose de cargos de segunda y tercera fila del partido y de sus socios de Unión Valenciana. El propio Cuesta, a quien Rita Barberá nombró alcalde pedáneo, se mantuvo como dirigente local del PP de Valencia hasta pocos días antes del 20-N.
La sociedad costeó la compra de joyas, relojes y otros artículos de lujo
La seguridad de que nadie les controlaba llevó a los directivos a ser muy poco cuidadosos. Entre las facturas pagadas a las empresas investigadas algunas tienen por detrás “impreso nada menos que una previsión de tesorería” de la propia Emarsa, ha destacado el juez. Otras, de distintos proveedores sospechosos, están escritas al principio en letras negras, que cambian a mitad a color verde, naranja o rosa. Como si al taller de fabricación de falsas facturas se le hubiera acabado la tinta.

jueves, 3 de noviembre de 2011

¿Nos representan bien... o no? Un sistema blindado y anclado a la provincia favorece la estabilidad y castiga a los pequeños Una reforma no interesa al PP y Rubalcaba sugiere el modelo alemán

http://politica.elpais.com/politica/2011/11/02/actualidad/1320262642_130315.html


¿Por qué los partidos más beneficiados por el sistema electoral, PSOE y PP, iban a aceptar cambios en unas reglas del juego tan favorables para ellos? La reforma se planteó en el Congreso en la pasada legislatura, pero los dos grupos más importantes demostraron que no tenían intención de mejorar la proporción entre votos y escaños, como pidieron insistentemente los más perjudicados, Izquierda Unida (IU) y Unión Progreso y Democracia (UPyD).
El carpetazo se produjo pese a las sugerencias del Consejo de Estado, que apuntaba algunos cambios. “Está en juego el principio de igualdad, tanto desde la perspectiva de los electores (igualdad de sufragio del artículo 68.1 de la Constitución) como de los partidos políticos o candidatos que estos presentan (igualdad de oportunidades del artículo 23.2 de la Constitución)”, advertía el órgano presidido por el constitucionalista Francisco Rubio Llorente.
De modo que el 20-N, día de la undécima elección general tras el fin de la dictadura, se votará esencialmente con las mismas reglas que en la primera. Es decir, con un sistema ventajoso para los más votados, que ha fabricado hasta ahora cuatro mayorías absolutas de un solo partido, sin que ninguno hubiera alcanzado el 50% de los votos. Pero el responsable principal no es “un tal señor D´ Hondt”, señala Dieter Nohlen, autor de un estudio muy reconocido sobre sistemas electorales comparados.
Las culpas de la desproporcionalidad comienzan por el bajo número de diputados del Congreso, 350 (frente a 650 la Cámara de los Comunes, 577 la Asamblea Nacional francesa, 630 la cámara baja italiana, 349 la sueca...). Siguen por la exigencia de atribuir los escaños provincia a provincia, más la asignación de un mínimo de dos diputados por cada una de ellas, incluso en las más despobladas (excepto uno en Ceuta y otro en Melilla). Esto deja menos representantes para las densamente pobladas. Al final —solo al final—, la fórmula D´ Hondt ayuda otro poco en escaños a los partidos más votados.
¿Resultados? Madrid tiene un diputado por cada 173.762 habitantes, mientras Soria cuenta con uno por cada 46.796, según los cálculos realizados por el Consejo de Estado en 2009. Sobran comentarios.
A todo esto, la férrea conservación de candidaturas cerradas y bloqueadas resta poder al elector, que solo puede respaldar o no en bloque lo que haya decidido la dirección del partido de su preferencia. A nadie escapa que el sistema electoral español es hijo de la Transición; que sus autores pretendieron un bipartidismo de las dos corrientes centrales (derecha e izquierda moderadas), favoreciendo tanto la formación de gobiernos estables, como la integración de los nacionalistas en el sistema político de España; y que consiguieron sus objetivos. El bipartidismo nunca ha sido inferior al 80% del Congreso, y en la última legislatura alcanzó la marca del 92% de escaños en poder de las dos fuerzas más votadas. Nada extraño si en España rigiera un sistema electoral mayoritario, pero poco común en la parte de Europa que se atiene a la representación proporcional. Por ejemplo, en Alemania: los electores tienen dos votos para el Bundestag, con los que eligen a un candidato de su distrito y a una lista de partido; a la hora de distribuir los escaños se tiene en cuenta el resultado nacional obtenido por estos y no solo, como en España, el de cada provincia. Eso sí, no favorece la mayoría absoluta de un solo partido, incitando a la cultura de la coalición.

El PSOE sugiere un modelo electoral “a la alemana” y listas desbloqueadas

La novedad del 20 de noviembre es que se produce tras la aparición del Movimiento 15-M, que estalló al grito de “¡no nos representan!”. Eso sucedió cuando el Congreso acababa de introducir en la ley una nueva barrera de acceso, exigiendo un mínimo de avales a las candidaturas extraparlamentarias que pretenden concurrir a la elección. La aplicación de esa barrera ha liquidado múltiples listas para el 20-N, desde falangistas a ecologistas o de extrema izquierda, ahora enfangadas en recurrir a las juntas electorales y al Constitucional.
“Nosotros estamos siguiendo de cerca todo esto, pero sin simpatizar con nadie concreto”, precisa Lorenzo Higueras, del grupo de trabajo política a corto plazo surgido en la Acampada Sol. “Nuestro único objetivo es parar lo de los avales, que viene a ser como un golpe de Estado del bipartidismo”, señala. Hasta ese momento, el grupo de trabajo se centraba en protestar porque ciertas libertades políticas “están prohibidas” para la iniciativa popular. Entre ellas, la puesta en marcha de una reforma constitucional o de un referéndum, la revocación de cargo electo, la presentación de recurso de inconstitucionalidad, el “control popular de las acciones de guerra iniciadas por el Estado”, la participación directa en asambleas municipales, el “voto descalificatorio”... Una reforma electoral, por ejemplo, no se puede promover por iniciativa legislativa popular. (Detalles: www.checkthis.com/4up). El programa de IU es el que más guiños hace a estas ideas de los indignados.

El programa del PP no menciona el tajo de escaños indicado por sus dirigentes
El PP apunta en otra dirección. Durante la precampaña, Mariano Rajoy deslizó la idea de rebajar el número de diputados del Congreso. El portavoz de su partido, Esteban González-Pons, precisó el tajo que debería darse a la cámara: cincuenta diputados menos, dejándola en 300. Argumentó que sobran políticos, ahí y en otras instituciones. Si ese recorte se llevara a cabo manteniendo el mínimo de dos diputados por provincia, el efecto sería un sesgo todavía menos proporcional. Pero tales propuestas, deslizadas durante la precampaña, tampoco aparecen en el programa del PP.
La idea de constreñir el Congreso diverge del informe mencionado del Consejo de Estado, que sugería aumentarlo (el límite constitucional es de 400). Incluso con 350 hay fórmulas que aportarían mayor equidad. Un equipo de la Universidad de Granada, dirigido por el matemático Victoriano Ramírez, ha recalculado, para una cámara de 350, un procedimiento estudiado hace años para un Congreso de hasta 420, “que ahora no sería fácil por la crisis económica”, admite su autor. “Con este método, aplicado a las votaciones de 2008, los pequeños partidos estatales (IU, UPyD) habrían obtenido resultados más proporcionales, sin poner en peligro la gobernabilidad del más votado y sin ceder a los que pretenden echar a los nacionalistas”, explica Ramírez. Que también valora el hecho de que no habría tantos electores empujados al “voto útil”.

Voces del 15-M se indignan por la barrera de acceso a extraparlamentarios
En la propuesta de la Universidad granadina, la atribución de los escaños se hace en tres operaciones (véanse gráficos): es menos sencillo que el procedimiento actual, pero más proporcional. “Se parece al sistema alemán”, dice Ramírez.
Precisamente al “modelo alemán” alude someramente el programa del candidato socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba, quien también propone votar en “listas electorales desbloqueadas” y con “presencia verdaderamente equilibrada entre hombres y mujeres en las listas electorales”.
Obviamente, los pequeños grupos políticos de ámbito estatal no dan por perdida la batalla de la proporcionalidad, de la que depende su propia existencia, teniendo en cuenta que el respaldo ciudadano a las minorías de ámbito estatal ha ido descendiendo: se repartieron 41 escaños en 1977, por solo tres en 2008. Y aunque por votos totales IU debería haber sido la “tercera fuerza” en la legislatura pasada, parlamentariamente quedó relegada en beneficio de grupos nacionalistas.

El sistema ayuda a grupos localmente bien implantados. Como los ‘abertzales’
Sucede que el sistema electoral “prima a los partidos con fuerte implantación localista sobre aquellos con una implantación más moderada, pero también más homogénea por todo el territorio nacional”, explican José Juan Toharia y José Pablo Ferrándiz, expertos de Metroscopia. La concentración de los nacionalistas en pocos distritos (provincias, a efectos de la elección del Congreso) les permite aprovechar bien sus votos para obtener diputados. Así lo han hecho CiU o el PNV, y probablemente será el caso de la izquierda abertzale el próximo día 20, si mantiene el nivel de voto esperado.
Las inquietudes del Movimiento 15-M, las alusiones del PSOE a una reforma electoral futura y los comentarios del PP confirman que el debate sobre las reglas de juego continúa tan abierto como inconcreto. Con lo cual los vientos no soplan a favor de la reforma electoral pendiente.

viernes, 28 de octubre de 2011

Los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) confirma que el Gobierno del Sr. Sanz no sabe resolver los problemas de La Rioja, aunque la propaganda oficial y los medios subvencionados se empeñen en manipular al Ciudadano

http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=pcaxis&path=%2Ft22%2Fe308_mnu%2F&file=inebase&L=0

Enlace a Web Instituto Nacional de Estadística
EPA tercer trimestre 2011 (28 octubre 2011)
 
PINCHANDO EN "TABLAS PROVINCIALES"
Podemos  ver los Resultados por comunidades autónomas y provincia, con detalle de:
Ocupados y parados por sexo. Tasas de actividad y paro

PINCHANDO EN "NOTA DE PRENSA"
Podemos ver la explicación de los datos, cuadros con detalle  de paro por sexo y edad  asi como mapa de situación de paro
Encuesta de Población Activa (EPA)  Tercer trimestre de 2011

jueves, 16 de junio de 2011

Adjudicación de la contratación de: "Construcción de Centro de Día en Santo Domingo de La Calzada a la empresa navarra Harinsa Navasfalt, S.A.

Página 4788 .-  Núm. 76 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles, 15 de junio de 2011

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CONSEJERÍA DE HACIENDA
Adjudicación de la contratación de: "Construcción de Centro de Día en Santo Domingo de La Calzada (La Rioja)". Expediente nº 10-1-2.01-0001/2011
IV.A.396   
Entidad adjudicadora: Consejería de Servicios Sociales a través de Dirección General de Atención a la Dependencia y Prestaciones Sociales.
Objeto del contrato: Construcción de Centro de Día en Santo Domingo de La Calzada (La Rioja)
Expediente nº 10-1-2.01-0001/2011 tramitado mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación publicado en el B.O.R. de fecha 26-11-2010.
Presupuesto base de licitación (IVA no incluido): novecientos noventa y cuatro mil trescientos dieciocho euros y sesenta y ocho céntimos (994.318,68 euros). Importe IVA: ciento setenta y ocho mil novecientos setenta y siete euros y treinta y seis céntimos (178.977,36 euros).
Mediante resolución de fecha 2 de mayo de 2011, se adjudica a:
Harinsa Navasfalt, S.A. (A31070790)
por importe de: 696.023,08 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 125.284,15 euros.
Fecha formalización contrato: 27-05-2011
Logroño, 7 de junio de 2011.- La Responsable del Área de Contratación, Carmen Mª López Sáenz.
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Convocan las subvenciones destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado matriculado en los cursos primero y segundo de Educación Primaria durante el curso 2011/2012

Página 4727 .-  Núm. 76 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles, 15 de junio de 2011

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Resolución número 2171, de 24 de mayo de 2011, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado matriculado en los cursos primero y segundo de Educación Primaria durante el curso 2011/2012
III.A.1960   
Vistos
1. Cálculo estimativo del importe que es necesario autorizar para cubrir los gastos del programa de ayudas a la compra de libros de texto en el primer ciclo de Educación Primaria en centros docentes sostenidos con fondos públicos, durante el curso 2011/2012.
2. Informe-Propuesta de Resolución de convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto en los cursos 1º y 2º de Educación Primaria para el próximo curso 2011/2012, de fecha 9 de mayo de 2011.
3. Informe técnico para el cálculo del módulo de libros en el primer ciclo de Educación Primaria, de fecha 4 de mayo de 2011.
4. Reparo de la Intervención Delegada de fecha 17 de mayo de 2011.
5. Informe de Secretaría General Técnica de fecha 18 de mayo de 2011.
6. Acuerdo de Gobierno, de fecha 20 de mayo de 2011, por el que se autoriza al Consejero de Educación, Cultura y Deporte, la aprobación del gasto derivado de la convocatoria de las ayudas para la adquisición de libros de texto en los cursos 1º y 2º de Educación Primaria, para el curso 2011/2012.
7. Informe-Propuesta de Resolución de convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto en los cursos 1º y 2º de Educación Primaria para el próximo curso 2011/2012, de fecha 23 de mayo 2011.
8. El Informe de fiscalización favorable de la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de fecha 24 de mayo de 2011.
9. Existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 2011.GG.08.04.4221.482.03.
Fundamentos de Derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
3. La Orden de 4 de abril de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
4. La Orden 22/2005, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa de gratuidad y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR número 76, de 7 de junio de 2005), modificada por Orden 16/2007, de 24 de abril (BOR número 59, de 1 de mayo de 2007), y por Orden 17/2008, de 23 de junio (BOR número 86, de 28 de junio de 2008).
5. La Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
Resuelve
Primero. Por la presente Resolución se convocan las subvenciones destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado matriculado en los cursos primero y segundo de Educación Primaria durante el curso 2011/2012.
Segundo. Tal y como se establece en la Orden 22/2005 de 3 de junio, estas ayudas se tramitarán en régimen de concesión directa.
Tercero. Se aprueba el gasto para la convocatoria del curso escolar 2011/2012 por importe de 676.620 euros.
Dicho gasto se aplicará de acuerdo al siguiente reparto: 671.370 euros para el año 2011, y 5.250 euros para el año 2012. Estas cantidades se imputarán con cargo a las partidas presupuestarias de la siguiente manera: 671.370 euros a la partida 2011.GG.08.04.4221.482.03 y 5.250 euros con cargo a la partida presupuestaria equivalente a la anterior para el año 2012.
Dado el carácter de concesión directa de estas ayudas, en el caso de que las solicitudes presentadas y que cumplan los requisitos para ser concesionarias superen la cantidad autorizada, deberá procederse de alguna de las siguientes maneras:
Si existe crédito disponible en la partida correspondiente, se otorgarán las ayudas con cargo a dicho crédito.
Si, por el contrario, no existe crédito disponible en la partida, se podrá optar por habilitar crédito mediante la correspondiente modificación presupuestaria o por otorgar la ayuda con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
Cuarto. Cuantía de las ayudas. La cuantía individual máxima de estas ayudas será de 105 euros por alumno, equivalente al 53,57% del módulo comprensivo de los libros de texto en el primer ciclo de Educación Primaria, cuyo importe es de 196,02 euros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Orden 22/2005, estas ayudas son compatibles con cualquiera otra que el solicitante pueda obtener de otras Administraciones públicas o entidades de naturaleza pública o privada, siempre que en concurrencia con éstas, no supere el importe del módulo referido, siendo de aplicación en su caso el artículo 37.3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Quinto. Los padres, tutores o representantes legales de los alumnos matriculados en primero y segundo de Educación Primaria, deberán presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud de ayuda conforme a los modelos de Anexo XI-A y XI-B, que se adjuntan a la presente Resolución.
2. Copia del NIF/NIE del titular de la cuenta corriente en la que se efectuará el ingreso de la ayuda.
3. Únicamente para el caso de que el solicitante carezca de cuenta bancaria: autorización al Director del centro en el que esté matriculado el alumno, para que perciban la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro, conforme al modelo de Anexo XIV, que se adjunta a la presente Resolución.
Los modelos de solicitudes se encuentran también ubicados para su descarga y cumplimentación en las siguientes direcciones de internet:
a) www.larioja.org - Servicio de Atención al Ciudadano.
b) www.educarioja.org
Toda la documentación señalada anteriormente se presentará preferentemente en la Secretaría del centro docente correspondiente. Asimismo, podrán presentarse en el Registro de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sito en la calle Capitán Cortés nº 1 bajo, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos.
Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja. En el caso de que el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Excepcionalmente, el alumnado que se escolarice a lo largo del curso, podrá presentar solicitud en plazo extraordinario en los 15 días siguientes al de formalización de la matrícula.
Sexto. Recibidas las solicitudes los equipos directivos de los centros habrán de comprobar que estén correctamente cumplimentadas y firmadas por el padre, madre o tutor, teniendo en cuenta la documentación presentada.
Si la solicitud no reuniera los requisitos necesarios se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación deque, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La Dirección del centro comprobará la veracidad y exactitud de los datos de las solicitudes según la documentación acreditativa pertinente. Una vez hecha la comprobación, el director del centro elaborará unas listas provisionales de solicitudes admitidas y otra de solicitudes excluidas o a subsanar. Dichas listas deberán ser expuestas en los tablones de anuncios de cada centro escolar participante.
Los interesados podrán presentar reclamaciones y alegaciones contra las listas provisionales ante el director del centro escolar, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de exposición pública de las listas. La fecha inicial del plazo se hará constar en las listas provisionales que sean expuestas.
Séptimo. Una vez examinadas y resueltas las reclamaciones, el Director del centro firmará la certificación que incluya la relación de peticionarios conforme al modelo que figura en el Anexo XII de la Orden 22/2005. La certificación con la relación de peticionarios, deberá ser enviada a la Dirección General de Personal y Centros Docentes, en las siguientes fechas:
a) Para las solicitudes presentadas en plazo ordinario, en un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Para las solicitudes presentadas en plazo extraordinario, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de finalización de cada uno de los trimestres del curso académico correspondiente.
Octavo. La Consejería de Educación, Cultura y Deporte aprobará la concesión de las subvenciones mediante Resolución, la lista definitiva consignada en los certificados aportados por los centros docentes, así como el importe que ha de ser transferido a cada uno de los centros para su posterior distribución entre los beneficiarios.
En el caso de que uno o varios centros docentes se demoren en la presentación del Anexo XII exigido en el artículo 26 de la Orden 22/2005, la Consejería podrá dictar una Resolución inicial concediendo las ayudas a los beneficiarios de los centros que hayan presentado en plazo las justificaciones. Posteriormente, y a medida que se presente la documentación justificativa por parte de los restantes centros, podrán dictarse una o más Resoluciones concediendo las ayudas a los solicitantes de dichos centros.
La Consejería, dará traslado de la Resolución a los centros, a la vista de la cual éstos procederán a publicar en el tablón de anuncios la lista definitiva de beneficiarios de estas ayudas.
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución ésta habrá de entenderse desestimada por silencio administrativo.
Noveno. El órgano instructor del procedimiento de concesión de estas ayudas será el Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas, coordinando esta instrucción con las atribuciones conferidas a los Directores de los centros docentes públicos y concertados, en aplicación de los artículos 23 a 25 de la Orden 22/2005.
Décimo. Contra la resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero competente en materia de Educación u órgano en quien delegue, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Undécimo. En virtud de lo dispuesto por el artículo 18 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no será necesaria la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de la concesión de las presentes ayudas dado que el importe de éstas, individualmente consideradas, es de cuantía inferior a 3.000 euros. La publicidad se garantiza mediante la publicación de las listas de beneficiarios, en los tablones de anuncios de los centros docentes en los que los alumnosestén matriculados.
Duodécimo. El procedimiento de concesión de estas ayudas se regirá por la Orden 22/2005, de 3 de junio.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante éste mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja; o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, (Artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y artículo 46 de la Ley 29 de 13 de julio de 1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
En Logroño a 24 de mayo de 2011.-El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis A. Alegre Galilea.
Resolución 2171 - 142 Kb -
Anexo XI A
Resolución 2171 - 143 Kb -
Anexo XI B
Resolución 2171 - 73 Kb -
Anexo XII a
Resolución 2171 - 114 Kb -
Anexo XII b

Resolución 2171 - 121 Kb -
Anexo XIII
Resolución 2171 - 77 Kb -
Anexo XIV

 

Subvencion de 17.324 € del Gobierno de La Rioja a la Federación Taurina Riojana.

Página 4727 .-  Núm. 76 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles, 15 de junio de 2011



CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 2 junio de 2011, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Federación Taurina Riojana
III.A.2087   
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 11/1996, de 15 de marzo, por el que se regula el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio
En Logroño, a 2 de junio de 2011.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia, Carmen Gómez Collado.
Resumen del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Federación Taurina Riojana.
Fecha de formalización: 30 de mayo de 2011.
Partes firmantes: D. Conrado Escobar Las Heras, Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, y D. Salvador Arza Cillero, Presidente de la Federación Taurina Riojana.
Objeto: La colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Federación Taurina Riojana para la realización de actividades dirigidas al apoyo y promoción de nuevas figuras del toreo riojano, así como acciones formativas y de orientación, promoción, charlas divulgativas, ciclos culturales y actividades destinadas al apoyo y promoción de nuevas promesas del toreo riojano.
Financiación: La cantidad a distribuir es de 17 .324,00 euros.
Vigencia: El presente convenio tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011.

Subvencion del Gobierno a la Cofradía del Vino de Rioja, para sostenimiento de gastos corrientes y de funcionamiento

Página 4719 .-  Núm. 76 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles, 15 de junio de 2011



CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 2 junio de 2011, por la que se dispone la publicación del resumen del convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural y la Cofradía del Vino de Rioja, para sostenimiento de gastos corrientes y de funcionamiento
III.A.2072   
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 11/1996, de 15 de marzo, por el que se regula el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio
En Logroño, a 2 de junio de 2011.- La Secretaria General Técnica de la Consejería dePresidencia, Carmen Gómez Collado.
Resumen del convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural y la Cofradía del Vino de Rioja, para sostenimiento de gastos corrientes y de funcionamiento. Año 2011
Fecha de formalización: 9 de mayo de 2011.
Partes firmantes: Don Iñigo Nagore Ferrer, Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural del Gobierno de La Rioja.
Don Javier Gracia Lería, Presidente de la Cofradía del Vino de Rioja.
Objeto: establecer los términos de la colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Cofradía del Vino de Rioja para fomentar la difusión de la cultura del vino de La Rioja.
Financiación: La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural aportará la cantidad de dieciocho mil euros (18.000 euros).
Vigencia: Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011