jueves, 10 de febrero de 2011

Adjudicación de la contratación de: "Suministro e instalación de equipamiento del Hogar de personas mayores y Centro de día de Lobete en Logroño"

Página 1472 .-  Núm. 19
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 9 de febrero de 2011


CONSEJERÍA DE HACIENDA
Adjudicación de la contratación de: "Suministro e instalación de equipamiento del Hogar de personas mayores y Centro de día de Lobete en Logroño". Expediente nº 10-4-2.01-0047/2010
IV.A.57   
Entidad adjudicadora: Consejería de Servicios Sociales a través de Dirección General de Política Social.
Objeto del contrato: Suministro e instalación de equipamiento del Hogar de personas mayores y Centro de día de Lobete en Logroño, expediente nº 10-4-2.01-0047/2010 tramitado mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación publicado en el B.O.R. de fecha 09-07-2010.
Presupuesto base de licitación (IVA no incluido): quinientos noventa y dos mil ochocientos ochenta y nueve euros y veintiún céntimos (592.889,21 euros). Importe IVA: cien mil cuatrocientos siete euros y cincuenta y siete céntimos (100.407,57 euros).
Mediante resolución de fecha 17 de enero de 2011, se adjudica definitivamente a:
- Becedas Equipamientos Integrales, S.L. (B49162894)
Lote 1: "Equipamiento general" por importe de: 284.078,46 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 22.726,28 euros.
- Fisio Medica Actual, S.L. (B31724917)
Lote 2: "Material sanitario" por importe de: 33.943,30 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 2.890,64 euros.
- Hiperhostel Maquinaria para Hostelería, S.L. (B37360229)
Lote 3: "Material de cocina-cafetería" por importe de: 79.193,00 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 14.254,74euros.
- Santos Professional, S.L. (B37277555)
Lote 4: "Material de menaje de cocina-cafetería" por importe d
e: 5.338,98 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 961,02 euros.
- Rioja Telecom, S.L. (B26258202)
Lote 5: "Equipamiento de alarmas en baños" por importe de: 4.550,00 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 819,00 euros.
Lote 6: "Equipamiento de telefonía" por importe de: 6.125,00 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 1.102,50euros.
- Systems Niscayah, S.A. (A82929951)
Lote 7: "Equipamiento de sistema anti-intrusión" por importe de: 5.423,17 euros (IVA no incluido). Importe IVA: 976,17euros
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Logroño, 2 de febrero de 2011.- La Responsable del Área de Contratación, Carmen Mª López Sáenz.

Se convocan subvenciones a entidades locales en materia de consumo para el ejercicio 2011

Página 1439 .-  Núm. 19
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 9 de febrero de 2011


CONSEJERÍA DE SALUD
Resolución 34/2011, de 3 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se convocan subvenciones a entidades locales en materia de consumo para el ejercicio 2011
III.A.401   
El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, de régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 10.1 que los consejeros son los órganos competentes para establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, y para aprobar la resolución de convocatoria de las mismas. De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras establecidas por Orden 7/2008, de 21 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a entidades locales (BOR n° 99, de 26 de julio de 2008), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 del Decreto 14/2006 citado, se dicta lapresente
Resolución
Primero. Convocatoria.
Se convoca la concesión de subvenciones en materia de consumo correspondientes al ejercicio 2011, en régimen de concurrencia competitiva, en favor de entidades locales.
Segundo. Créditos presupuestarios.
Para atender las obligaciones derivadas de la presente convocatoria, se asignan las siguientes cuantías a las partidas presupuestarias que se indican:
A la 06.03.4421.461.00, la cantidad de 54.000 euros.
A la 06.03.4421.761.00, la cantidad de 4.750 euros.
A la 06.03.4421.762.00, la cantidad de 250 euros.
Tercero. Programas prioritarios.
1. Para el presente ejercicio 2011, son prioritarios:
a) Las solicitudes de municipios cuya población esté comprendida entre los 5.000 y los 50.000 habitantes.
b) La constitución de mancomunidades de municipios para la prestación de servicios locales de consumo, cuando uno de los municipios que la integre cuente con una población igual o superior a los 5.000 habitantes.
c) El fomento del recurso a la mediación previa al conocimiento de los conflictos por los órganos arbitrales, según lo contemplado en el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de consumo.
2. En lo referido a la adquisición de material informático, son prioritarias las adquisiciones por parte de corporaciones que no hayan obtenido ayuda para estos gastos en el ejercicio anterior de 2010. En caso de concurrir varias en esta misma situación, se considerarán preferentes las solicitudes de los más carentes de estos medios en sus respectivos servicios locales de consumo.
Cuarto. Plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de La Rioja
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Quinto. Solicitudes y documentación adjunta.
1. Los impresos de solicitud se facilitarán en la Dirección General de Salud Pública y Consumo, Gran Vía número 18 de Logroño.
Igualmente, los impresos se pueden obtener en las siguientes direcciones electrónicas: http://www.larioja.org oficina virtual y http://www.rioiasalud.es Salud Pública y Consumo.
2. Junto con la solicitud, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
Uno. Certificación del acuerdo plenario o del órgano competente conforme a la legislación de régimen local que exprese la aprobación de petición de subvención.
Dos. Certificación del acuerdo plenario o del órgano competente conforme a la legislación de régimen local que exprese el compromiso del Ayuntamiento de financiar el gasto no cubierto con la subvención o ayuda que pueda concederse.
Tres. Certificación del Secretario del Ayuntamiento sobre si se han formalizado solicitudes de ayudas a otros organismos para atender los gastos objeto de petición de ayuda.
Cuatro. Certificación del número de habitantes del Municipio según los datos del Padrón, referida al día de la publicación de la convocatoria.
Cinco. Memoria de las actividades previstas y de los equipos que se pretendan adquirir en el ejercicio económico, donde deberán expresar la actividad o actividades para las que se solicita ayuda, y los equipos o medios técnicos que se pretendan adquirir, con los gastos y los ingresos que en su caso estén estimados, expresando:
a) Objetivos que persigue la actividad que se pretende realizar.
b) Lugar y fecha de celebración y duración prevista.
c) Equipo técnico y recursos humanos que se adscriben al proyecto.
d) Presupuesto detallado de gastos con indicación de las fuentes de financiación.
e) Destinatarios de las actividades de información o formación.
f) Descripción de los equipos y programas para la recepción y transmisión de información deque disponen en la actualidad.
Seis. Presupuesto de gastos de la Corporación Local en materia de consumo para el ejercicio presupuestario en vigor, con expresión de los recursos humanos adscritos que realicen exclusivamente actividades en materia de consumo.
Siete. Las Corporaciones Locales que concedan ayudas a las organizaciones de consumidores usuarios de La Rioja deberán aportar la cuantía de los créditos destinados a ese fin y las entidades beneficiarias, notificando en su momento las entidades beneficiarias, actividades subvencionadas e importe de las ayudas concedidas.
Sexto. Bases reguladoras y plazo de justificación.
El objeto de la subvención, la documentación a acompañar, requisitos, órganos competentes para la instrucción y resolución, obligaciones, criterios de valoración, justificaciones, notificación, recursos, etc. se regirá por lo dispuesto en la Orden 7/2008, de 21 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a entidades locales (BOR n° 99, de 26 de julio de 2008), y en esta convocatoria.
A medida que concluyan los programas subvencionados, la justificación de la subvención se deberá realizar en un plazo máximo de dos meses desde la conclusión. En todo caso, la justificación se hará en periodo que pueda fiscalizarse dentro del ejercicio corriente; para el cumplimiento de esta obligación podrá indicarse el plazo límite en la resolución de concesión.
Séptimo. Recursos frente a la presente resolución.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa según el artículo 45.1 .e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según se dispone en los artículos 8.2.c), 10.1.a), 46.1 y de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter potestativo, contra la presente resolución se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1 992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición interpuesto (artículo 116.2 de la Ley citada).
Octavo. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño, 3 de febrero de 2011.- El Consejero, José Ignacio Nieto García.-

Se convocan subvenciones en materia de consumo para el ejercicio 2011

Página 1438 .-  Núm. 19
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 9 de febrero de 2011


CONSEJERÍA DE SALUD
Resolución 33/2011, de 3 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se convocan subvenciones en materia de consumo para el ejercicio 2011, dirigidas a Asociaciones de consumidores y usuarios
III.A.400   
El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, de régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 10.1 que los consejeros son los órganos competentes para establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, y para aprobar la resolución de convocatoria de las mismas. De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras establecidas por la Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores y usuarios (BOR n° 102, de 1 de agosto) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 del Decreto 14/2006 citado, se dicta la presente
Resolución
Primero. Convocatoria.
Se convoca la concesión de subvenciones en materia de consumo correspondientes al ejercicio 2011, en régimen de concurrencia competitiva, en favor de asociaciones de consumidores y usuarios.
Segundo. Créditos presupuestarios.
Para atender las obligaciones derivadas de la presente convocatoria, se asignan las siguientes cuantías a las partidas presupuestarias que se indican:
A la 06.03.4421.480, gastos corrientes, la cantidad de 103.000 euros.
A la 06.03.4421.781, gastos de capital, la cantidad de 10.000 euros.
Tercero. Programas prioritarios.
Para el presente ejercicio 2011, se considera programa prioritario la subvención de aquellas actividades de información, dirigidas a consumidores y usuarios y realizadas por Asociaciones de Consumidores y Usuarios en municipios riojanos de más de 2.000 habitantes que no dispongan de OMIC y que estén formalizadas mediante convenio con municipios o mancomunidades de municipios, hasta un máximo de 5.000 euros anuales de la parte asumida por las asociaciones en cada convenio y con los límites previstos en el Art. 12.3 de la Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores yusuarios y los impuestos por la disponibilidad presupuestaria.

Dichas actividades de información se realizarán, en todo caso, por miembros de las asociaciones en las dependencias municipales o en las habilitadas para este fin por el municipio o mancomunidad firmante del Convenio.
En lo referido a la adquisición de material informático, son prioritarias las adquisiciones por parte de asociaciones que no hayan obtenido ayuda para estos gastos en el ejercicio anterior de 2010.
Cuarto. Plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Quinto. Solicitudes.
Los impresos de solicitud se facilitarán en la Dirección General de Salud Pública y Consumo, Gran Vía número 18 de Logroño.
Igualmente, los impresos se pueden obtener en las siguientes direcciones electrónicas: http://www.larioja.org oficina virtual y http://www.riojasalud.es Salud y consumo
Sexto. Bases reguladoras.
El objeto de la subvención, la documentación a acompañar, requisitos, órganos competentes para la instrucción y resolución, obligaciones, criterios de valoración, justificaciones, notificación, recursos, etc. se regirán por lo dispuesto en la Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores y usuarios (BOR n° 102, de 1 de agosto).
Séptimo. Recursos frente a la presente resolución.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa según el artículo 45.1 .e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio. de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso-
administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Sala de lo Contencioso-
Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según se dispone en los artículos 8.2.c), 10.1 .a), 46.1 y 4 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter potestativo, contra la presente resolución se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición interpuesto (artículo 116.2 de la Ley citada).
Octavo. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño, 3 de febrero de 2011.- El Consejero, José Ignacio Nieto García.

Convocatoria pública para la contratación en régimen de derecho laboral de un Técnico Operativo en la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

Página 1074 .-  Núm. 15
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 2 de febrero de 2011


AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
Convocatoria pública para la contratación en régimen de derecho laboral de un Técnico Operativo en la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja: referencia convocatoria: LT-01/2011
II.B.20   
De acuerdo con el artículo 13.1.a) de la Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja y el 75 del Reglamento Interno de funcionamiento aprobado por acuerdo del Consejo de Administración de 1 de diciembre de 2008, con el fin de atender las necesidades de personal de la Entidad, y en ejercicio de la función que le asigna el artículo 17.j) del Reglamento de la citada Ley 7/1997, de 3 de octubre, aprobado por Decreto 57/2005, de 2 de septiembre, el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (en adelante la Agencia) acuerda convocar pruebas selectivas para la contratación en régimen de derecho laboral de un técnico con arreglo a las siguientes:
Bases de la Convocatoria
Base Primera. Condiciones de los contratos de trabajo
- Régimen jurídico: Contratación en régimen de derecho laboral (contrato de trabajo de duración determinada: Contrato de obra o servicio).
- Jornada: Completa y partida.
- Categoría profesional: Técnico Operativo, Nivel 4
- Retribuciones Brutas Anuales: 29.506,68 euros.
- Período de prueba: Seis (6) meses.
- Misión y Funciones del puesto:
Con cargo a los fondos FEDER, el técnico contratado tendrá como misión coordinar El Proyecto CREA NET 2.0, bajo la iniciativa INTERREG IVB en su vertiente SUODOE y Cooperación transfronterizada llamado "Comunidad Virtual para la generación de ideas de negocio y la consolidación empresarial a través de la creatividad" tiene como objeto la puesta en marcha de un sistema transfronterizo de apoyo a la creatividad y al trabajo en red de los emprendedores y empresas de las regiones socias que se traduzca en la identificación y el desarrollo de proyectos innovadores y en la creación de empresas, generando así empleos de calidad, realizando las siguientes funciones:
- Contratación de la Asistencia Técnica del proyecto.
- Definición, puesta en marcha, desarrollo y coordinación de las actuaciones técnicas previstas en el proyecto.
- Coordinación con los socios del proyecto de las actuaciones a desarrollar en el marco del mismo.
- Organización, planificación y elaboración de la documentación necesaria para las reuniones de trabajo entre los socios del proyecto.
- Definición de la estrategia de comunicación, selección de herramientas de gestión documental y del conocimiento a emplear y de intercambio de información entre los socios.
- Publicidad del proyecto y capitalización. Coordinación con prensa para hacer difusión del proyecto, organización de seminarios de difusión, jornada final del proyecto, etc.
- Coordinación con la Asistencia Técnica
Base Segunda. Requisitos de los Candidatos
Para ser admitidos a las pruebas selectivas, será necesario que los candidatos reúnan, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y durante el proceso selectivo, los siguientes requisitos:
A) Requisitos generales:
1. Tener nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
- Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. - El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dichaedad que sean dependientes. - Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para empleos y cargos públicos para el acceso a Cuerpos y Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente Convocatoria. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
B) Requisitos específicos:
1. Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
2. Experiencia acreditada en presentación o gestión de Proyectos Europeos de Innovación: Se deberá presentar documentación suficiente que justifique la experiencia exigida.
3. Carné de conducir en vigor y disponibilidad para viajar.
4. Nivel alto en escritura y conversación del idioma inglés: Capacidad para emisión de informes y asistencia a reuniones en el idioma exigido.
Base Tercera. Régimen de Incompatibilidades
Los candidatos que resulten seleccionados quedarán sometidos desde el momento en que se incorporen al trabajo al régimen de incompatibilidades que establece la legislación vigente.
Base Cuarta. Solicitudes
1. Las solicitudes, se dirigirán a la Unidad de Administración y Gestión de Recursos Humanos conforme al modelo que incluye currículo normalizado, de presentación obligatoria, que se facilitará gratuitamente en la sede de la Agencia, Muro Francisco de la Mata números 13-14, Logroño (La Rioja), código postal 26071 o puede descargarse de la página web de la entidad wwww.ader.es.
Junto con las solicitudes, los candidatos acompañarán, con carácter obligatorio, copia simple de la documentación acreditativa de los requisitos referidos en la Base Segunda A) y B), requisitos generales y específicos.
2. Las solicitudes se presentarán en el Registro de la sede de la Agencia, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de solicitudes se de 15 días naturales a partir de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Base Quinta. Admisión De Candidatos
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la sede de la Agencia y página web de ésta. Serán candidatos excluidos aquellos que en su currículo no se vean reflejados el cumplimiento de los requisitos, tanto generales como específicos, exigidos en la Base segunda.
Esta lista será definitiva de no haber candidatos excluidos.
2. En el plazo de cinco días hábiles los candidatos excluidos podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo, y una vez analizadas y resueltas por la Comisión de Selección las reclamaciones presentadas, en su caso, se hará pública la lista definitiva en la forma prevista en el párrafo anterior.
Base Sexta. Comisión De Selección
1. La Comisión de Selección estará integrada por los siguientes miembros:
- Presidente: Alfredo Martínez Lafraya, Responsable de la Unidad de I+D+i.
Suplente: José Ramón Ibáñez Prado, Responsable de Programa.
- Vocales: Almudena Larrea Pérez Ventana, Responsable de la Unidad de Estadística y Justificación de Fondos.
- Suplente: Javier Solozabal Rodríguez, Responsable de Programa.
- Secretaria: Mª Dolores Antón Rodríguez, Jefa de Administración y Gestión de Recursos Humanos:
- Suplente: Mª del Coro Pascual González, Adjunto a la Asesoría Jurídica.
2. Asimismo, la Comisión de Selección podrá recabar la colaboración y asesoramiento del personal de la Agencia o externo experto en las materias objeto de las pruebas selectivas y/o de una empresa especializada en selección de personal y recursos humanos.
Base Séptima. Proceso de Selección
Primera fase. Prueba de Idioma. Será de carácter oral y consistirá en una conversación donde se valore la capacidad del candidato de mantener una conversación fluida sobre la materia del puesto de trabajo en lengua inglesa.
Se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesaria la obtención de 15 puntos para superar esta fase.
Segunda fase. Valoración curricular, atendiendo a las características especiales del puesto de trabajo y a los requisitos específicos.
Se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesaria la obtención de 15 puntos para superar esta fase.
Tercera fase. Entrevista personal.
La entrevista personal servirá para apreciar las aptitudes y actitudes de los candidatos, así como el grado de adaptación de su perfil al establecido para desarrollar las funciones del puesto de trabajo. Así mismo, se comprobarán los méritos alegados por los candidatos.
Se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesaria la obtención de 15 puntos para superar esta fase.
Base Octava. Listas de Aprobados
A medida que concluya cada una de las fases del proceso de selección, la Comisión de Selección hará públicas las listas de aprobados en cada una de ellas, con la puntuación obtenida, en el lugar o lugares de celebración de las pruebas y en el tablón de anuncios de la sede de la Agencia.
Concluido el proceso de selección, la Comisión de Selección hará pública la lista definitiva de los candidatos que hayan superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación total, consignando las calificaciones obtenidas en cada una de las fases y la suma total.
La Comisión de Selección propondrá al Gerente de la Agencia la selección del candidato que haya obtenido mayor puntuación, acompañando la lista definitiva de aprobados y el expediente completo de sus actuaciones.
Base Novena. Presentación de documentos y selección de candidatos
El candidato seleccionado será requerido para que presenten en la sede de la Agencia, en original y copia o copia autenticada, los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad y Documento identificativo del Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso.
b) Titulación exigida.
c) Certificado médico de aptitud.
d) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme al modelo que se facilite.
Una vez presentada correctamente por el candidato propuesto la documentación requerida, el Gerente de la Agencia resolverá sobre su selección.
Base Décima. Formalización del contrato de trabajo
Con el candidato seleccionado se suscribirá un contrato de trabajo de duración determinada (contrato para la realización de obra o servicio determinado), con el período de prueba que figura en la base primera, y le será de aplicación la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y demás disposiciones vigentes.
Base Undécima: Suplencias
1. El Gerente de la Agencia podrá autorizar la designación de suplente para cubrir las bajas que se puedan producir en este mismo puesto durante el año posterior a la contratación de loscandidatos seleccionados.
2. La contratación prevista en el apartado anterior se condiciona a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente.
Base Duodécima. Asistencias
Los miembros de la Comisión de Selección y el personal de la Agencia que actúen como asesor de la misma podrán percibirán las indemnizaciones que acuerde el Gerente de la Agencia, conforme a la categoría segunda recogida en el Anexo III del Decreto 42/2000, de 28 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Logroño, a 25 de enero de 2011.- El Gerente, Javier Ureña Larragán.

viernes, 4 de febrero de 2011

Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local para el año 2011

Página 1078 .-  Núm. 15
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 2 de febrero de 2011


CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y POLÍTICA LOCAL
Resolución nº 145, de 25 de enero de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local para el año 2011
III.A.290   
Vistos:
El artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.
El artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, como órgano competente
Resuelve
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local para el año 2011, de acuerdo con el Anexo I que se adjunta a la presente resolución.
En Logroño, a 25 de enero de 2011.- El Consejero, Conrado Escobar Las Heras.
Anexo I
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, es necesario la concreción en un instrumento de cuales van a ser las líneas de actuación en materia subvencionable de la Consejería.
Por ello, en el presente Plan estratégico, resulta necesario destacar tres líneas de actuación, una dedicada a financiar las principales líneas de actuación en materia de política local, otra dedicada a financiar una actividad de fomento de la fiesta de los toros y la tercera dirigida a financiar la implantación en los centros educativos concertados de La Rioja previamente seleccionados por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del modelo de calidad europeo EFQM.
En concreto, dentro de las actuaciones en materia de política local, quedan diferenciadas dos líneas de acción principales en función de naturaleza de la actividad subvencionada, una de carácter incondicionado y la otra condicionada, tal y como queda reflejado en el presente documento.
Las actividades de carácter incondicionado engloban el llamado "fondo de capitalidad", así como a los municipios cabeceras de comarca, a los de población superior a 2.000 habitantes.
Las actividades de carácter condicionado engloban al Plan Regional de Obras y Servicios, y a pequeños municipios y entidades locales menores, e igualmente las ayudas a percibir por las entidades locales para el pago de retribuciones e indemnizaciones por razón del servicio, ayudas para costes de secretaría, para abastecimiento de agua potable, y para infraestructuras locales de interés comunitario. Se incluyen dentro de estas actividades de carácter condicionado las dirigidas al desarrollo de itinerarios integrados de inserción sociolaboral de personas desempleadas de La Rioja para la prestación de servicios de atención a las personas que residan en el área de intervención, tratando de hacer frente a la problemática que afecta a los municipios de menor dimensión de la Comunidad Autónoma.
La última de las líneas de acción se dirige a favorecer el establecimiento del modelo EFQM en los centros educativos concertados de La Rioja previamente seleccionados por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. En concreto se dirige a apoyar a aquellos centros que continúan la implantación del modelo EFQM y a aquellos otros centros que inician su implantación.
Resulta, por lo tanto, necesario, un análisis mas detallado de estas actuaciones, y de este modo cumplir con las exigencias del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Actuaciones en materia de política local
Financiación incondicionada:
1º).- Fondo de Capitalidad
Partida presupuestaria: 04.03.4411.761.03
Objetivos: mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Logroño; reconocer y compensar financieramente el servicio fundamental de la capital riojana presta al resto de la Comunidad Autónoma como centro dinamizador de la vida económica, social, cultura y política de La Rioja; y la solidaridad interterritorial entre los municipios riojanos, en el fiel respeto a la autonomía local y en el reconocimiento de la singularidad del Ayuntamiento de Logroño dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Plazo: Año 2011.
Costes: 2.911.906 euros
2º).- Municipios Cabeceras de Comarca
Partida presupuestaria: 04.03.4411.761.04
Objetivos: Atender a los municipios cabeceras de comarca, a excepción de Logroño, cuya relación se recoge en el anexo VIII de la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011, atendiendo a la concentración de servicios de interés para los municipios de su entorno respectivo.
Plazo: Año 2011.
Costes: 2.781.838 euros.
3º)- Municipios con población superior a 2.000 habitantes.
Partida presupuestaria: 04.03.4411.761.05.
Objetivos: Atender a los municipios, que por sus circunstancias especificas de población tengan una población superior a 2.000 habitantes, no incluidos en la Sección de cabeceras de comarca ni en la sección de capitalidad.
Plazo: 2011.
Costes: 1.750.508 euros
B) Financiación condicionada:
1º) Plan Regional de Obras y Servicios
Partida presupuestaria:04.03.4411.761.00, 04.03.4411.762 y 04.03.4411.763.
Objetivos: Contribuir a la financiación de las infraestructuras y equipamiento básico de las entidades locales, en los términos del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.
Plazo: año 2011.
Costes: 6.599.082 euros (anualidad 2011).
2º).- Ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de retribuciones e indemnizaciones por razón de servicio a los miembros de las mismas y gastos por atenciones protocolarias y representativas.
Partida presupuestaria: 04.03.1221.461.03 y 04.03.1221.463.00.
Objetivos y efectos pretendidos: El objeto es establecer las bases por las que se regula la concesión de una compensación económica a determinadas Entidades Locales de La Rioja por parte del Gobierno de La Rioja para colaborar en el pago de retribuciones e indemnizaciones por razón de servicio a los miembros de estas Entidades y gastos por atenciones protocolarias y representativas, con sujeción al límite del crédito presupuestario disponible en cada ejercicio.
La escasa capacidad financiera de la mayoría de las Corporaciones Locales y el interés público de la labor realizada por los cargos electos de estas Corporaciones, que en muchos casos se desarrolla sin compensación económica, hacía conveniente la participación del Gobierno de La Rioja en la financiación de una parte de las retribuciones, indemnizaciones por razón de servicio y gastos por atenciones protocolarias y representativas que perciben los Alcaldes y Concejales por su dedicación en las labores relacionadas con su cargo.
C. Plazo para su consecución: año 2011.
D. Coste previsible: El coste económico esta previsto en 641.850 euros.
3º) Subvenciones a agrupaciones y mancomunidades de municipios, para costes de Secretaría
A. Partida presupuestaria: 04.03.1221.461.01 y 04.03.1221.462.00.
B. Objetivos: Posibilitar a las entidades locales con recursos económicos insuficientes hacerfrente a los costes del personal responsable de las funciones públicas necesarias y reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional, garantizando así su adecuado desempeño.
C. Plazo: Corresponde a una actividad continuada, con duración indefinida.
D. Costes: 487.900 euros anuales, sujetos a actualización periódica en función de las variaciones de las estructuras y costes de personal.
4º).- Pequeños Municipios y Entidades Locales Menores
Partidas presupuestarias: 04.03.4411.761.02.
Objetivos: Atender a los municipios incluidos en el Consejo Riojano de Pequeños Municipios, y a las Entidades Locales Menores, en atención a la dificultad que supone la prestación de servicios en igualdad de condiciones con los municipios de mayor población.
Plazo: Año 2011.
Costes: 451.607 euros.
5º).- Subvenciones a entidades locales, para abastecimiento de agua potable.
Partida presupuestaria: 04.03.1221.461.00.
Objetivos: Ayudar a las entidades locales a afrontar los costes extraordinarios de contratación circunstancial del transporte de agua mediante cisternas móviles, para garantizar el suministro a la población en ocasiones de sequía o de insuficiencia coyuntural de los recursos habituales.
Plazo: Año 2011.
Costes: 2.250 euros
6º) Otras subvenciones
Partida presupuestaria: 04.03.4411.761.99.
Objetivos: Ayudar a las entidades locales a la financiación general de infraestructuras locales de interés comunitario.
Plazo: Año 2011.
Costes: 4.584.000 euros.
7º).- Becas de formación en prácticas en materia de prestación de servicios en el ámbito rural.
Partida presupuestaria: 04.03.1221.482.00.
Objetivos: establecer las bases de becas de formación en prácticas en desarrollo de itinerarios integrados de inserción sociolaboral de personas desempleadas de La Rioja para la prestación de servicios de atención a las personas que residan en el área de intervención, tratando de hacer frente a la problemática que afecta a los municipios de menor dimensión de la Comunidad Autónoma.
Plazo Año 2011.
Costes: 79.000 euros.
Actuaciones para la implantación del modelo EFQM en los centros educativos concertados de La Rioja
Ayudas para la implantación del modelo EFQM en los centros educativos concertados de La Rioja.
Partida presupuestaria: 04.01.1211.481.00
Objetivos: establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el curso académico 2010-2011 para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja incluidos en la relación definitiva de los centros seleccionados, tanto en la modalidad A como en modalidad B, de las Convocatoria anuales de Proyectos de Calidad Educativa basados en el modelo EFQM de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para apoyarles en la aplicación dicho modelo.
Plazo: Año 2011.
Costes: 16.800 euros.
Tabla resumen

Actuación
Financiación Condicionada
Financiación Incondicionada
Fondo de capitalidad
2.911.606 euros
Cabeceras de comarca
2.781.838 euros
Mas de 2000 habitantes
1.750.508 euros
Plan reg.obras y servs.
6.599.082 euros
--
Atenciones protocolarias
641.850 euros
--
Agrupaciones secretaria
487.900 euros
--
Agua potable
2.250 euros
--
Otras subvenciones
4.584.000 euros
--
Pequeños municipios y EELL menores
451.607 euros
--
Becas Integra Rural
79.000 euros

Implantación modelo EFQM
16.800 euros

Total
12.862.489euros
7.443.952euros

Información pública de construcciones proyectadas en suelo no urbanizable

Página 1273 .-  Núm. 16
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes, 4 de febrero de 2011


CONSEJERÍA DE TURISMO, MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
Información pública de construcciones proyectadas en suelo no urbanizable
IV.B.82   
Se somete a Información Pública por plazo de 20 días, en base a lo dispuesto en el artículo 53.6 de la vigente Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Rioja, la siguiente construcción proyectada en suelo no urbanizable.
02-NU/2010-0031.- Villamediana de Iregua
Autorización en suelo no urbanizable de actividad para tenencia de cabras en la parcela 19 del polígono 16.
Promotor: José Antonio Pérez López
Este proyecto queda expuesto al público en esta Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, Dirección General de Política Territorial, sita en C/ Prado Viejo, 62 bis.
Logroño, a 26 de enero de 2011.- El Director General de Política Territorial, Luis García del Valle Manzano.

Licencia ambiental para establecer la actividad de airsoft (juego de guerra)

Página 1275 .-  Núm. 16
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes, 4 de febrero de 2011


AYUNTAMIENTO DE NÁJERA
Licencia ambiental para establecer la actividad de airsoft (juego de guerra)
IV.B.226   
Por D. Jonathan Zangroniz Lara, se ha solicitado licencia ambiental para establecer la actividad de airsoft (juego de guerra), con emplazamiento en el Paraje Las Cárcabas, polígono 25, parcelas 135,137 y 166.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 26.b) de la Ley 5/2002 de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de la Rioja, la solicitud junto con la documentación que la acompaña se somete a información pública, a fin de quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad referida, puedan formular por escrito que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes, durante el plazo de veinte días hábiles.
Nájera, 26 de enero de 2011.- La Alcaldesa, Marta Martínez García.