lunes, 3 de septiembre de 2012

Subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas durante el Curso 2011/2012

 
Núm. 105
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 29 de agosto de 2012
 
 
 
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO
 
III.A.2559
 
Resolución nº 2240 de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se conceden subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas durante el Curso 2011/2012
 
 
Vistos
1. Solicitudes presentadas por Corporaciones Locales y Entidades públicas y privadas sin fines de lucro dentro del plazo establecido.
2. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Ley 6/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012.
5. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones del Sector Público de La Rioja.
6. Decreto 43/2012, de 20 de julio, por el que se modifica el Decreto 48/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
7. Orden 11/2009, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas (BOR del 6 de abril).
8. Resolución 1957, de 17 de mayo de 2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se convocan subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas (BOR del 25 de mayo).
9. Acta de la Comisión de Valoración de fecha 21 de junio de 2012.
10. Informe de la Comisión de Valoración de 22 de junio de 2012.
11. Propuesta provisional de concesión de subvenciones de 26 de junio de 2012.
12. Informe propuesta del Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa de fecha 1 de agosto 2012 proponiendo la concesión de gastos por importe total de 108.912 euros.
13. Informe de fiscalización favorable emitido por la Intervención Delegada de 8 de agosto de 2012.
En uso de las atribuciones legalmente concedidas, El Consejero de Educación, Cultura y Turismo:
Resuelve:
1º Conceder subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades Públicas y Privadas sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas que a continuación se detallan:
AYUNTAMIENTOS:
- AUTOL 2 módulos 9.076 euros
- CENICERO 1 módulo 4.538 euros
- CERVERA DEL RIO ALHAMA 2 módulos 9.076 euros
- FUENMAYOR 2 módulos 9.076 euros
- HARO 2 módulos 9.076 euros
- NÁJERA 1 módulo 4.538 euros
- PRADEJÓN 2 módulos 9.076 euros
- QUEL 1 módulo 4.538 euros
- RINCÓN DE SOTO 2 módulos 9.076 euros
- SANTO. DOMINGO DE LA CALZADA 1 módulo 4.538 euros
ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO:
- FEAFES-ARFES 1 módulo 4.538 euros
- UNIVERSIDAD POPULAR 2 módulos 9.076 euros
- YMCA 2 módulos 9.076 euros
- AMIN 1 módulo 4.538 euros
- ASOCIACIÓN PROMOCIÓN GITANA 1 módulo 4.538 euros
- C.I.T.E. RIOJA 1 módulo 4.538 euros
2º Denegar la subvención a la entidad Fundación Independiente de La Rioja (FIR) por obtener una puntuación insuficiente para ser financiada con cargo a los presupuestos disponibles, a tenor de lo dispuesto en el art 11.2 de la Orden 11/2009.
3º Denegar la subvención a la entidad FEAPS La Rioja, que no ha sido puntuada al no tener por objeto ninguna de las enseñanzas establecidas en el Art. 1.2 de la Orden 11/2009. Así mismo presenta un presupuesto inferior a 4.538 euros importe de cada modulo indivisible a conceder.
4º Denegar la subvención al ayuntamiento de Tudelilla, que no ha sido puntuada dado que presenta documentación para el curso 2012/2013, siendo el periodo subvencionado el curso 2011/2012.
5º Disponer un gasto de setenta y dos mil seiscientos ocho euros (72.608 euros) con cargo a la partida presupuestaria 2012.08.04.4211.461.01 y de treinta y seis mil trescientos cuatro euros (36.304 euros) con cargo a la partida presupuestaria 2012.08.04.4211.482.06 formalizándose los correspondiente documentos contables D.
6º Imputar el referido gasto a las siguientes partidas presupuestarias:
- 2012.08.04.4211.461.01 Corporaciones Locales: 72.608 euros
- 2012.08.04.4211.482.06 Entidades sin ánimo de lucro: 36.304 euros
7º De conformidad con el apartado 8º de la resolución de convocatoria, la formalización del abono se realizará en un único pago una vez finalizado el proyecto de actuación y previa la presentación de la documentación justificativa que se expresa en el Art. 14.2 de la Orden 11/2009.
8º Trasladar la presente Resolución a la Consejería de Administración Pública y Hacienda a los efectos oportunos.
Contra la presente Resolución que pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Turismo, en el plazo de un mes computado de fecha a fecha, desde el día siguiente hábil al de la presente publicación, o recurso contencioso-administrativo ente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses computados del mismo modo.
En Logroño, a 16 de agosto de 2012.- El Consejero de Educación, Cultura y Turismo, Gonzalo Capellán de Miguel.

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