lunes, 3 de septiembre de 2012

Financiación de los encuentros Internacionales del Medievo. La Consejería de Educación, Cultura y Turismo del Gobierno de La Rioja aportará la cantidad de siete mil doscientos euros (7.200,00 euros).

 
Núm. 107
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 3 de septiembre de 2012
 
 
 
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
 
III.A.2647
 
Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia y Justicia, de 27 de agosto de 2012, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, y el Ayuntamiento de Nájera para la financiación de los gastos corrientes correspondientes a la realización de la actividad denominada Encuentros Internacionales del Medievo
 
 
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 11/1996, de 15 de marzo, por el que se regula el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio
En Logroño, a 27 de agosto de 2012.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia y Justicia, Elisa Torrecilla Flórez.
Resumen del Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, y el Ayuntamiento de Nájera para la financiación de los gastos corrientes correspondientes a la realización de la actividad denominada "Encuentros Internacionales del Medievo".
Partes firmantes: D. Gonzalo Capellán de Miguel, Consejero de Educación, Cultura y Turismo.
Dª. Marta Martínez García, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Nájera.
Fecha de firma: 16 de mayo de 2012
Objeto: Financiación de los encuentros Internacionales del Medievo.
Financiación: La Consejería de Educación, Cultura y Turismo del Gobierno de La Rioja aportará la cantidad de siete mil doscientos euros (7.200,00 euros).
Vigencia: 31 de diciembre de 2012, con independencia de los plazos temporales necesarios para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio.

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