martes, 31 de mayo de 2011

Convocatoria para la provisión como funcionario de carrera por el procedimiento de oposición libre de una plaza de Auxiliar de Administración General, correspondiente a la OEP de 2010, publicadas mediante anuncio en el BOR nº 64, de 18 de mayo de 2011

Página 3979 .-  Núm. 68
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes, 27 de mayo de 2011



AYUNTAMIENTO DE ARNEDO
Corrección de errores de las bases que regulan la convocatoria para la provisión como funcionario de carrera por el procedimiento de oposición libre de una plaza de Auxiliar de Administración General, correspondiente a la OEP de 2010, publicadas mediante anuncio en el BOR nº 64, de 18 de mayo de 2011
II.B.152   
Advertidos errores contenidos en el anuncio de aprobación de Bases que regulan la convocatoria para la provisión como funcionario de carrera por el procedimiento de oposición libre de una plaza de Auxiliar de Administración General, correspondiente a la OEP de 2010, publicadas mediante anuncio en el BOR nº 64, de 18 de mayo de 2011, se publican las siguientes correcciones con arreglo al siguiente contenido:
Primero: donde dice
"2.1. Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes contenidos:
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo, no estableciendo exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, sino en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones, debiendo los aspirantes minusválidos acreditar la compatibilidad mediante certificado expedido por los equipos de valoración y orientación del Imserso o sus equivalentes en las Comunidades Autónomas.
e) No estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad prevista en las Leyes y Reglamentos que resulten de aplicación, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido laboral procedente por causas disciplinarias del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme para el desempeño de funciones públicas."
Debe decir:
"2.1. Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes contenidos:
a) Ser español/a, o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, así como los extranjeros residentes en España, de acuerdo a lo previsto en el Art. 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de diciembre.
b) Tener cumplidos 16 años de edad.
c) Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado, así como ciclo formativo de grado medio, título de graduado en ESO o equivalente. Recibirá la misma consideración el tener aprobados cuatro cursos completos de cualquier extinguido plan de estudios de bachillerato.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo, no estableciendo exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, sino en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones, debiendo los aspirantes minusválidos acreditar la compatibilidad mediante certificado expedido por los equipos de valoración y orientación del Imserso o sus equivalentes en las Comunidades Autónomas.
e) No estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad prevista en las Leyes y Reglamentos que resulten de aplicación, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido laboral procedente por causas disciplinarias del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme para el desempeño de funciones públicas.
f) En el caso de personas con discapacidad tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%, siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes."
Segundo: donde dice
"3. Régimen de incompatibilidades.
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión al Régimen de Incompatibilidades que establece la legislación vigente."
Debe decir:
"3. Régimen de incompatibilidades.
El aspirante que resulte nombrado para esta plaza quedará sometido, desde el momento de su toma de posesión al Régimen de Incompatibilidades que establece la legislación vigente."
Tercero: donde dice
"4.Solicitudes.
4.2. Los derechos de examen que se fijan en la cantidad de 13,70 euros, serán satisfechos por los/as aspirantes al presentar sus solicitudes. Si el pago de los mismos se efectúa por giro postal o telegráfico, el solicitante indicará en su instancia el lugar, fecha y número de giro.
..."
Debe decir:
"4. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en le convocatoria, referidas siempre a la fecha de terminación del plazo señalado para la presentación de solicitudes, se presentarán conforme al modelo oficial que figura en el anexo I de la convocatoria, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Arnedo.
4.2. Los derechos de examen que se fijan en la cantidad de 13,70 euros, serán satisfechos por los/as aspirantes al presentar sus solicitudes. Si el pago de los mismos se efectúa por giro postal o telegráfico, el solicitante indicará en su instancia el lugar, fecha y número de giro.
..."
Cuarto: donde dice
"11.Lista de espera.
A tal fin, el Tribunal calificador, junto al aspirante seleccionado y propuesto para su nombramiento, establecerá la correspondiente lista de espera, con un orden de prelación en el que tendrá prioridad el número de ejercicios superados y después la nota obtenida, según las previsiones anteriores, haciéndola pública."
Debe decir:
"11. Lista de espera.
11.1. Entre todos los opositores aspirantes que hayan superado algún ejercicio de oposición y no hubieran sido seleccionados, como consecuencia del número de plazas convocadas, serán tenidos en cuenta y llamados según el orden de puntuación obtenida, para los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
A tal fin, el Tribunal calificador, junto al aspirante seleccionado y propuesto para su nombramiento, establecerá la correspondiente lista de espera, con un orden de prelación en el que tendrá prioridad el número de ejercicios superados y después la nota obtenida, según las previsiones anteriores, haciéndola pública."
Arnedo a 19 de mayo de 2011.- El Alcalde.

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