martes, 25 de enero de 2011

Resumen de la Adenda al Convenio de cooperación suscrito el 30 de diciembre de 2009 entre el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Haro para la financiación de la reforma y rehabilitación interior del Palacio de Bendaña en Haro

Página 704 .-  Núm. 10
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes, 21 de enero de 2011


CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, de 14 de enero de 2011, por la que se dispone la publicación del resumen de la Adenda al Convenio de cooperación suscrito el 30 de diciembre de 2009 entre el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Haro para la financiación de la reforma y rehabilitación interior del Palacio de Bendaña en Haro (La Rioja)
III.A.166   
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 11/1996, de 15 de marzo, por el que se regula el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del Convenio que figura como anexo a la presente Resolución.
En Logroño, a 14 de enero de 2011.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia, Carmen Gómez Collado.
Resumen de la Adenda al Convenio de cooperación suscrito el 30 de diciembre de 2009 entre el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Haro para la financiación de la reforma y rehabilitación interior del Palacio de Bendaña en Haro (La Rioja).
Partes firmantes: D. Luis Ángel Alegre Galilea, Consejero de Educación, Cultura y Deporte.
D. Patricio Capellán Hervías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Haro.
Fecha de firma: 28 de diciembre de 2010.
Objeto: La presente Adenda tiene por objeto modificar las cláusulas 3ª y 6ª en su apartado 4º.
Financiación: La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja aportará la cantidad de ochocientos cuarenta y siete mil ochocientos veintitrés euros y cuarenta y cuatro céntimos (847.823,44 euros).
Vigencia: 31-12-2012, con independencia de los plazos temporales necesarios para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio.

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