Página 616 .- Núm. 8 | BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA | Miércoles, 19 de enero de 2011 |
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AYUNTAMIENTO DE HUÉRCANOS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Notificación individual del acuerdo de aprobación inicial de las contribuciones especiales aplicadas en la obra denominada "Ampliación de la red de pluviales, reforma de las redes de saneamiento y abastecimiento de agua y pavimentación en la calle Morrillón, camino Eras y camino Palomar de Huercanos" | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
III.C.74 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ante la imposibilidad de practicar la notificación de forma expresa, del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 14 de septiembre de 2010, en cumplimiento del Art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y para que sirva de notificación a los efectos señalados en el anexo I, se hace público el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja y en el Tablón de Edictos de esta Corporación. Texto dispositivo del acuerdo: IV.- Aprobación inicial de las contribuciones especiales aplicadas en la obra denominada "Ampliación de la red de pluviales, reforma de las redes de saneamiento y abastecimiento de agua y pavimentación en la calle Morrillón, camino Eras y camino Palomar de Huercanos".- Incoado expediente por este Ayuntamiento para la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación parcial de la obra denominada "Ampliación de la red de pluviales, reforma de las redes de saneamiento y abastecimiento de agua y pavimentación en la Calle Morrillón, Camino Eras y Camino Palomar, según proyecto redactado por el arquitecto D. Gonzalo Latorre Martínez -visado por el colegio oficial correspondiente- y aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 25-02-2010". Vistas las disposiciones contenidas en los artículos 15.1, 34 y 35 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Visto el informe emitido por la Secretaria-Interventora el día 03-05-2010, del cual manifiestan quedar enterados. Visto que para la ordenación y regulación de las contribuciones especiales aprobó este Ayuntamiento la pertinente Ordenanza Fiscal General, de conformidad con el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y a la vista del artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el que se reconoce la competencia del Pleno para determinar los recursos propios de carácter tributario, los reunidos acuerdan por unanimidad de los presentes, lo que supone mayoría absoluta legal del número de miembros que componen la corporación: Primero. La imposición de contribuciones especiales para la financiación parcial de la obra denominada "Ampliación de la red de pluviales, reforma de las redes de saneamiento y abastecimiento de agua, y pavimentación en la Calle Morrillón, Camino Eras y Camino Palomar", según proyecto anteriormente referenciado. Segundo. Proceder a la determinación y ordenación del Tributo concreto de acuerdo a lo siguiente: El coste previsto se fija en 372.650 euros (345.100 euros de la obra + honorarios técnicos) y el coste soportado por el Ayuntamiento en 79.315 euros. El coste del ayuntamiento se obtiene una vez deducidos del costo total de las obras la subvención de la Comunidad Autónoma de La Rioja (293.335). Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios en 59.486,25 euros, equivalente al 75% del coste soportado. El coste total presupuestado de la obra tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes. Aplicar como módulo de reparto los metros lineales de fachada del inmueble (50%) y los metros cuadrados de superficie (50%) de cada una de las fincas afectadas. Tercero. Aprobar la relación de los sujetos que se ven beneficiados por "Ampliación de la red de pluviales, reforma de las redes de saneamiento y abastecimiento de agua y pavimentación en la Calle Morrillón, Camino Eras y Camino Palomar de Huércanos" y establecer la cantidad quelos mismos deberán abonar a esta Entidad. Cuarto. Exponer y publicar el Acuerdo provisional íntegro en el tablón de anuncios de la Entidad y en el Boletín Oficial de La Rioja, respectivamente, durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación administrativa de contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 del TRLHL. Quinto. Si no hay reclamaciones durante el período de exposición pública, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo. Lo que se comunica para su conocimiento y efectos como propietario de la parcela detallada en el Anexo I, para que si lo desea pueda examinar durante el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al del recibo de la presente notificación, el referido expediente en la Secretaría del Ayuntamiento en días laborables, en horario de 10 a 13 horas y presentar, también durante el mismo plazo de diez días, las alegaciones y documentos que estime pertinentes, pudiendo comparecer asistido de Asesor si lo considera conveniente en defensa de sus intereses. Dado que se trata de un acto de trámite y, como tal, no procede la interposición de recursos contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 117 de la Ley 30/1992). Huércanos a 11 de enero de 2011.- El Alcalde Anexo I
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