martes, 30 de noviembre de 2010

Gazapos del BOR

Página 14780 .-  Núm. 144
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles, 24 de noviembre de 2010


CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL
Resolución nº 1774, de 8 de noviembre de 2010, por la que se conceden y deniegan las ayudas sociales y al estudio correspondientes al cuarto trimestre del curso académico 2009/2010
III.A.3811   
Vista la Orden nº 73/2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, de fecha 23 de octubre, por la que se establecen las bases y se anuncia el procedimiento para la concesión de Ayudas Sociales y al Estudio para el curso académico 2009/2010.
Una vez presentada la documentación justificativa dentro del plazo establecido en el artículo 17.5 de la citada Orden, por los beneficiarios de los Grupos 1, 5, 6, 8, 9 y B, correspondiente al cuarto trimestre del curso académico 2009/2010.
Considerando la documentación presentada por aquellos beneficiarios que, habiendo solicitado ayudas al estudio en otros organismos, han optado por las ayudas sociales y al estudio de esta Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Orden 73/2009, de 23 de octubre.
Esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, en uso de las atribuciones conferidas, Resuelve:
1º.- Conceder y proponer el abono a los beneficiarios de los Grupos 1, 5, 6, 8, 9 y B, de las cuantías reflejadas en el Anexo I, correspondiente al cuarto trimestre del curso académico 2009/2010.
2º.- Conceder y proponer el abono correspondiente de las ayudas solicitadas por el personal que figura en el Anexo II.
3º.- Excluir a las personas relacionadas en el Anexo III por los motivos que se detallan, de las ayudas solicitadas.
Los citados Anexos quedarán expuestos en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja y a través de la página web: .
En Logroño, 8 de noviembre de 2010.- Conrado Escobar Las Heras. Consejero."
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse en el caso de personal funcionario recurso de reposición potestativo, ante el Excmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se trata de personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial, de conformidad con el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Logroño, a 8 de noviembre de 2010.- El Director General de la Función Pública, Rafael Lorés Domingo.

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